Escal, la promotora del almacén marino, en la que participa ACS con un 66,7%, no podrá pagar porque se encuentra en concurso de acreedores.

El culebrón del caso Castor, el almacén marino de gas paralizado en 2013 por el Gobierno tras los microseísmos provocados durante el primer llenado de la planta, parece no tener fin. La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por el accionista, Escal, contra la obligación impuesta por la CNMC en 2019 de devolver al sistema gasístico los 195 millones de euros que había cobrado durante dos años, desde el fin de la construcción y su intento de puesta en marcha, como retribución por la inversión. Según fuentes empresariales, todo apunta a que Escal no pagará la indemnización pues se encuentra inmersa en un concurso de acreedores desde hace varios años.

Aunque tras años de pleitos, la Audiencia Provincial de Castellón absolvió de varios delitos en noviembre de 2021 a dos directivos de Escal (la sociedad promotora del almacenamiento participada por ACS en un 66,7% y en el 33,3% restante por la canadiense UGS), lo que evitó a esta sociedad tener que devolver el dinero que había recibido por la inversión realizada de 1.350 millones de euros, que tras varias carambolas terminó pagando el Estado con una emisión de deuda, aún quedaba un fleco por resolver: la devolución de los citados 195 millones de euros (ahora, sumados los intereses, 210 millones), que le exigió el organismo regulador en una resolución.

Esta cantidad correspondía a las liquidaciones que el organismo había aprobado en favor de la infraestructura (regulada) desde que terminó su construcción hasta que fue rescatada y transferida a Enagás, el operador del sistema gasístico que, a su vez, titulizó y colocó entre tres bancos: Santander, Bankia y BBVA. La decisión de la CNMC de reclamar la devolución de un dinero que habían pagado los consumidores durante dos años en su factura del gas, se amparó en que el citado rescate (formalizado a través de un real decreto aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2017) fue anulado por el Tribunal Constitucional, alegando que no se justificaba la urgencia de aprobar un decreto ley y que debía ser tramitado en un proyecto de ley en el Congreso, a lo que el Grupo Popular se negó, dado la fuerte polémica desatada por Castor y prefirió que los resolvieran los tribunaes.

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso administrativo de Escal contra la devolución al sistema de la cantidad cobrada hace más de una década argumentando que el RDL del rescate financiero de Castor había sido anulado por el Constitucional, tras un recurso de la Generalitat de Cataluña y 50 diputados socialistas, lo que dejó a los tres bancos acreedores sin poder cobrar la deuda que habían asumido (por cierto, con un interés del 4,5%). Posteriormente, tras una demanda de responsabilidad patrimonial contra el Estado legislador, las tres entidades lograron cobrar su deuda. No así devolver las liquidaciones, que también les exigió la CNMC en su resolución: a Banco Santander, 71,9 millones de euros; a CaixaBank 48 millones; a Enagás 32,4 millones y a Bankia 21,1 millones. También la Audiencia desestimó los recursos correspondientes de estas entidades en los que reclamaron librarse de la devolución.

La sentencia conocida hoy condena a Escal al pago de las costas procesales, si bien el resultado es susceptible de un recurso casación ante la propia Audiencia.

Fuente: Cinco Días. Autora: Carmen Monforte