La Subdirección General de Eficiencia Energética, realiza una jornada informativa sobre el Sistema de Certificados de Ahorro Energético (Sistema de CAE), creado mediante Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, que tendrá lugar en la sede de la Secretaría de Estado de Energía el próximo 16 de marzo 2023 a las 11:00 h, con el siguiente orden del día:

  1. Apertura de la jornada por el Director General de Política Energética y Minas
  2. Presentación general del Sistema de CAE
  3. Actuaciones de Eficiencia Energética susceptibles de generar ahorros de energía transformables en CAE: catálogo de actuaciones estandarizadas y actuaciones singulares
  4. Agentes que participan en el Sistema de CAE.

Marco normativo del Sistema CAE

El Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético, CAE si bien está pendiente la aprobación de la orden ministerial que regulará el Sistema de Certificados de Ahorro Energético (Sistema de CAE) (actualmente en tramitación). Esperamos que su publicación pueda realizarse en el segundo trimestre de 2023.

CAE – Certificado de Ahorro Energético

El CAE es un documento perteneciente a un sujeto obligado, que refleja los ahorros de consumo de energía final reconocidos como consecuencia de las inversiones realizadas. Satisface así, las obligaciones de inversión en eficiencia energética de los sujetos obligados en sus respectivas actividades, que podrán presentarlo sujetos obligados o sujetos delegados, para compensar la correspondiente contribución al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Además, es un activo que puede ser objeto de compra-venta en el mercado.

Los CAE serán emitidos por un Organismo Evaluador de la Conformidad (OEC), que será uno de los organismos que realicen servicios de evaluación de la conformidad acreditados por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), para la emisión de certificados de ahorro energético.

Sistema CAE

Agentes:

Además del Verificador de Ahorro Energético, existen otros agentes previstos en la normativa:

  • Los sujetos obligados del Sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética: comercializadores de electricidad, comercializadores de gas, operadores al por mayor de productos petrolíferos y operadores al por mayor de gases licuados del petróleo, que deberán justificar una cantidad de ahorro en el consumo de energía final suministrada a la industria, el transporte, los hogares, los servicios y la agricultura.
  • Los Sujetos Delegados: toda persona jurídica de naturaleza pública o privada que pueda asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de nuevos ahorros anuales de energía de uno o varios sujetos obligados y que haya sido previamente acreditado como tal por el Coordinador Nacional del Sistema de CAE.

Fuente: ENERGY&TIC CONSULTING. Autora: Sonia Sánchez